• ¿Quién está facultado para emitir el Certificado Energético?

    Están facultados los Arquitectos, Arquitectos Técnicos y determinadas especialidades de Ingenieros. Pero sin duda los más capacitados en la práctica son los Arquitectos y Arquitectos Técnicos, puesto que son los principales conocedores de los materiales y sistemas constructivos de los edificios y, por tanto, tienen una visión más global de su funcionamiento. Este conocimiento se traduce sobre todo a la hora de proponer mejoras para elevar la eficiencia energética de los inmuebles afectados.

  • ¿Para qué sirve el Certificado Energético?

    El Certificado Energético sirve para conocer la realidad de un edificio en cuanto a sus elementos constructivos e instalaciones en relación con los consumos energéticos y las emisiones de gases contaminantes. Asimismo, estos datos sirven de base para mejorar la eficiencia energética, por lo que en el Certificado también se proponen las medidas pertinentes para ello y se valoran las correspondientes inversiones en ahorro de energía.

  • ¿Qué es la Etiqueta de Eficiencia Energética?

    Una vez elaborado y registrado el Certificado de Eficiencia Energética ante el organismo correspondiente, éste emite la Etiqueta que resume los datos de la Certificación indicando en ella su Calificación Energética. Dicha etiqueta se entrega al propietario junto con el documento del Certificado y debe incluirse en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio.

  • ¿Quién está obligado a obtener el Certificado?

    Desde el 1 de junio de 2013 el vendedor o arrendador de un inmueble deberá adjuntar el Certificado Energético junto al contrato de compraventa o arrendamiento del inmueble correspondiente. Sólo estarán exentos aquellos propietarios de inmuebles con superficie útil inferior a 50 m2. Y, por supuesto, aquellos que hayan alquilado o vendido su inmueble antes de la fecha citada.

  • ¿Qué es el Certificado o Certificación Energética?

    Se trata de un documento que acredita el nivel de eficiencia energética de un edificio o de una parte de él. Es decir, indica la calidad de un inmueble en relación con el ahorro energético y la contaminación que genera.

  • La Declaración Responsable ¿es menos exigente con requisitos de alturas mínimas, superficies, distancias etc?

    Esas exigencias no se han modificado. Son de obligado cumplimiento como hasta la fecha . La nueva normativa solo contempla cuestiones de forma para podre abrir antes el negocio.

  • Si he abierto mi negocio a través de un Certificado de Conformidad ¿tengo que pedir una Declaración Responsable?

    No, salvo que en este periodo se haya ampliado y/o modificado la actividad.

     

  • ¿Qué otros trámites además de la Declaración responsable y/o la licencia necesito para abrir mi negocio?

    En principio la Declaración responsable sustituirá  a la licencia. Aparte de ello hacen falta otros documentos de otra naturaleza, y generalmente de carácter autonómico, como los de industrias, turismo, sanidad, y los laborales, fiscales, etc. Hay que asesorarse de forma global con los profesionales adecuados.

  • Tengo una casa con piscina y necesito un sistema para calentar el agua ¿qué puedo hacer?

    Según la normativa actual, para calentar el agua de una piscina, si ésta es descubierta, no pueden utilizarse sistemas convencionales de calentamiento, así que deberás instalar paneles solares para calentar el agua de la piscina. Podemos ayudarte a encontrar el sistema más adecuado y empresas que te los instalen.

  • Me quiero hacer una casa y quiero ahorrar la máxima energía posible ¿qué tengo que hacer?

    Es bueno partir de la iniciativa de querer ahorrar energía porque así el proyecto se enfocará en este ahorro desde “la primera piedra”, si te parece, entra en nuestra página de PRESUPUESTOS y nos pondremos en contacto contigo y te daremos un presupuesto personalizado.

  • Tengo una parcela y quería hacerme una casita ¿qué tengo que hacer?

    En primer lugar, ponte en contacto con tu ayuntamiento para que te informen de la documentación y los trámites que te exigen. En segundo lugar, si entras en nuestra página de PRESPUESTOS y nos das unos datos básicos, nos pondremos en contacto contigo y te daremos un presupuesto personalizado.

  • La policía municipal y me ha pedido la licencia y no la he encontrado. Me han dejado un aviso del ayuntamiento ¿qué hago?

    Recibirás una carta del ayuntamiento, de acuerdo al escrito que te ha dejado la policía y te darán un plazo para aportar copia de la licencia. Si no dispusieses de ella, deberás solicitarla con cierta urgencia, para ello te recomendamos entres en nuestra página de PRESUPUESTOS y te pongas en contacto con nosotros.

  • Quiero abrir un restaurante y no sé cómo elegir el local

    Si entras en nuestra página de PRESUPUESTOS y nos facilitas unos datos muy básicos, nos pondremos en contacto contigo y analizaremos contigo el tipo de local que mejor te conviene. Nuestro asesoramiento previo es gratuito y solo perseguimos facilitar la elección del local a nuestros potenciales clientes para ayudarles en su actividad futura.

  • Voy a cerrar mi negocio y no sé que tengo que hacer

    Deberás comunicar al ayuntamiento que vas a cerrar el negocio, para que quede constancia del cese de actividad en él.

  • Quiero abrir una cafetería y no sé que tengo que hacer

    Deberás ponerte en contacto con nosotros para poder aclarar las condiciones del local y comenzar los trámites en el ayuntamiento aportando la documentación, que en tu caso, se requiera. Si entras en la página de PRESUPUESTOS nos pondremos en contacto contigo y analizaremos juntos el proceso a seguir que ya verás no es tan complicado como parece.

  • He perdido la documentación del local y no tengo copia de la licencia ¿qué tengo que hacer

    Presentar en tu ayuntamiento un escrito solicitando copia de la licencia.

  • Me han traspasado un local de venta de ropa pero no dispongo de copia de la licencia ¿qué tengo que hacer?

    En primer lugar deberás solicitar en el ayuntamiento copia de la licencia vigente y después solicitar cambio de titularidad de la licencia.

  • Tengo una cafetería y no tengo en regla la licencia de funcionamiento ¿qué tengo que hacer?

    En primer lugar, habrá que revisar la documentación de la que dispones y que servirá de punto de partida.
    En segundo lugar, habrá que revisar el local para ver si recoge lo necesario para cumplir la normativa vigente en ese momento.
    En tercer lugar, se solicitará con la documentación necesaria la licencia de funcionamiento para que el ayuntamiento gire visita de inspección y, si consideran, se cumple lo necesario se otorgará la licencia de funcionamiento.
    Te recomendamos no dejes de hacer los trámites cuanto antes, pues te pueden abrir un expediente de Clausura y cerrarte el negocio.

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