En estos tiempos en los que no podemos esperar que las oportunidades nos lleguen del exterior, muchos emprendedores deciden invertir su tiempo, su dinero y sus energías en sacar adelante un negocio de hostelería y/o restauración.
Decidido esto el que más y el que menos se preguntará ¿y por dónde empiezo?… Pues bien, no es fácil porque aunque seguro que todos tienen muy claro lo que buscan y lo que pretenden, esto no siempre encaja con lo que la Ley regula y hay que hacer ajustes a “nuestros sueños”.
Para poder arrancar con garantías de éxito, en cuanto a tramitación de licencia se refiere, porque financiera o publicitariamente hablando son otros los parámetros a analizar, es fundamental tener en cuenta una serie de aspectos que analizaremos en sucesivos posts.
¿TENGO CLARA MI ACTIVIDAD?
En primer lugar y aunque parezca muy obvio tengo que definir bien mi actividad. Una cosa es el concepto que tengo yo del negocio, Bar, Cafetería, Cervecería, Restaurante, etc, y otra es lo que establece la Ley. Concretamente es necesario encuadrar la actividad en alguna de las definidas por la LEPAR (Ley de Espectáculos Públicos y Actividades recreativas).
Y es importante encuadrar la actividad de forma correcta porque esta Ley determinará lo que se autorizará para esa actividad y lo que es más importante, el horario en el que esa actividad se podrá desarrollar.
También hemos de atender a lo establecido en la Ordenanza Reguladora de Protección de los consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas.
Si bien esta Ordenanza solo reconoce tres tipologías de actividad en este campo, frente a las numerosas que se establecen en la LEPAR, debemos atender a lo que en ella se determina porque se establece de qué dependencias se debe disponer para el correcto desarrollo de la actividad. Y lógicamente a partir de las dependencias mínimas y las superficies óptimas para el correcto desarrollo de la actividad, podremos empezar a dar “forma” a nuestro local y a buscar candidatos en el mercado inmobiliario a los que poder someter a un posterior análisis en base a otros parámetros que comentaremos más adelante y que terminarán de perfilar el local ”ideal”.
En conclusión, debemos por tanto definir nuestra actividad tanto según la LEPAR, como según la Ordenanza Reguladora de Protección de los consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas, porque de esta definición dependerá la futura actividad, y una vez tengamos este aspecto claro, y por supuesto tengamos la certeza de que la actividad está autorizada en esa zona de la ciudad y en la situación deseada (planta baja, centro comercial…etc), procederemos a dar el siguiente paso… ¿COMO QUIERO QUE SEA MI LOCAL?
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